Veri*factu Vs. Factura electrónica

Es fundamental diferenciar estos dos conceptos porque, aunque ambos digitalizan la gestión de tu negocio y son obligatorios, provienen de leyes distintas y tienen objetivos diferentes. Aquí tienes las diferencias clave explicadas de forma sencilla.


1. Concepto y Origen (¿De dónde vienen?)

  • Verifactu (Ley Antifraude):
    • ¿Qué es? Es un reglamento que obliga a utilizar programas de facturación certificados. Estos programas deben impedir la manipulación de datos (evitar la «caja B» o el software de doble uso).
    • Objetivo: Luchar contra el fraude fiscal. Hacienda quiere asegurarse de que factura emitida = factura declarada.
    • El dato clave: Se centra en cómo se genera y registra la factura dentro de tu ordenador.

  • Factura Electrónica (Ley Crea y Crece):
    • ¿Qué es? Es la obligación de emitir y recibir facturas en un formato digital estructurado (como XML) entre empresas y autónomos, abandonando el PDF y el papel.
    • Objetivo: Luchar contra la morosidad comercial y digitalizar las relaciones B2B.
    • El dato clave: Se centra en cómo se envía y recibe la factura entre proveedor y cliente.

2. Tabla Comparativa Rápida

Verifactu Factura Electrónica
ÁmbitoGeneración de la factura (tu software).Envío de la factura (al cliente).
A quién afectaA todas tus facturas (B2B y B2C).Solo a operaciones entre profesionales (B2B).
FormatoRegistro informático seguro + Código QR en la factura.Archivo estructurado (XML, Facturae…). El PDF no vale.
ConexiónConecta tu software con Hacienda (AEAT).Conecta tu empresa con la del cliente (y plataformas públicas).
ObligatoriedadMuy pronto: Enero/Julio 2027 (según últimos cambios).Pendiente de aprobación final del reglamento técnico.
ExcepcionesPaís Vasco (TicketBAI) y Navarra.Ninguna en territorio nacional (B2B).

3. Profundizando en las diferencias clave

A. A quién le emites la factura (B2B vs B2C)

  • Verifactu: Te afecta siempre. Si vendes pan a un particular (B2C) o servicios de consultoría a una empresa (B2B), tu software debe cumplir Verifactu (generar huella digital, QR, etc.).
  • Factura Electrónica: Solo te obliga cuando tu cliente es otro autónomo o empresa. Si tu cliente es un consumidor final (un particular), no estás obligado a enviarle una factura electrónica «Crea y Crece» (puedes seguir dándole un ticket o papel, siempre que tu software lo haya registrado según Verifactu).

B. El papel del PDF

  • En Verifactu: El PDF (o papel) sigue existiendo, pero debe llevar un código QR y una frase que diga «Veri*factu».
  • En Factura Electrónica: El PDF deja de ser válido como factura legal entre empresas. La factura real es un fichero informático (XML) que se envía de ordenador a ordenador. El PDF será solo una representación visual.

C. La comunicación de información

  • Verifactu: Tu software envía el registro de la factura a Hacienda automáticamente (o lo guarda de forma inalterable si eliges no enviarlo, aunque la modalidad «Verifactu» implica envío).
  • Factura Electrónica: Tú envías la factura a tu cliente a través de una plataforma. Además, tendrás que informar a Hacienda sobre el estado de la factura (si ha sido aceptada y cuándo se ha pagado) para controlar la morosidad.

4. ¿Cuándo entran en vigor? (Calendario Actualizado)

Dada la fecha actual (finales de 2025), ha habido retrasos importantes recientemente:

  1. Verifactu: Se ha pospuesto.
    • Grandes empresas y S.L.: 1 de enero de 2027.
    • Autónomos y pequeñas empresas: 1 de julio de 2027.
  2. Factura Electrónica B2B:
    • Su cuenta atrás empieza cuando se apruebe definitivamente su reglamento técnico específico (que va con retraso respecto a Verifactu).
    • Una vez se apruebe: 1 año para empresas grandes (>8M€) y 2 años para el resto.
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